Para que el padre o la madre que no tenga la custodia y que no resida con los hijos pueda disfrutar y pasar tiempo con ellos existe el denominado régimen de visitas.
En un proceso de divorcio hay que tomar diversas decisiones y medidas que deberán cumplirse a partir del momento de la disolución de un matrimonio, incluidas todas aquellas que tienen que ver con los hijos.
En una separación uno de los dos progenitores se quedará con la custodia del o de los hijos, lo cual no significa que el otro progenitor no tenga obligaciones y derechos respecto a sus hijos.
Para que el padre o la madre que no tenga la custodia y que no resida con los hijos pueda disfrutar y pasar tiempo con ellos existe el denominado régimen de visitas, que es un calendario con unos días, semanas o periodos indicados en los que los hijos estarán con el progenitor no custodio.
Este régimen puede decidirse de mutuo acuerdo si ambos padres están de acuerdo y su relación es buena, o en el peor de los casos si no hay consenso será el juez el que lo dicte en la sentencia de divorcio.
El calendario de visitas que se acuerde deberá ser cumplido tanto por el progenitor no custodio que tendrá que acudir a las citas y también el progenitor que tenga la custodia deberá poner facilidades para que estos encuentros se lleven a cabo.
Si este régimen se cumple no tiene por qué haber problemas ni entre los padres ni en la relación con los hijos, pero si uno de los dos progenitores no lo respeta el progenitor afectado podrá reclamar ante un juez, el cual tomará medidas y podrá incluso modificar la sentencia si se dieran las circunstancias.
Nuestros abogados tienen una larga experiencia en procesos de divorcio y podrán guiarle y asesorarle en todas estas cuestiones, velando siempre por el interés de los hijos.
Si tiene dudas sobre la sentencia, sobre el régimen de visitas, si desea modificarlo por cualquier motivo… no dude en contactar con nuestro equipo de Zaragoza y le atenderemos encantados.
En una separación uno de los dos progenitores se quedará con la custodia del o de los hijos, lo cual no significa que el otro progenitor no tenga obligaciones y derechos respecto a sus hijos.
Para que el padre o la madre que no tenga la custodia y que no resida con los hijos pueda disfrutar y pasar tiempo con ellos existe el denominado régimen de visitas, que es un calendario con unos días, semanas o periodos indicados en los que los hijos estarán con el progenitor no custodio.
Este régimen puede decidirse de mutuo acuerdo si ambos padres están de acuerdo y su relación es buena, o en el peor de los casos si no hay consenso será el juez el que lo dicte en la sentencia de divorcio.
El calendario de visitas que se acuerde deberá ser cumplido tanto por el progenitor no custodio que tendrá que acudir a las citas y también el progenitor que tenga la custodia deberá poner facilidades para que estos encuentros se lleven a cabo.
Si este régimen se cumple no tiene por qué haber problemas ni entre los padres ni en la relación con los hijos, pero si uno de los dos progenitores no lo respeta el progenitor afectado podrá reclamar ante un juez, el cual tomará medidas y podrá incluso modificar la sentencia si se dieran las circunstancias.
Nuestros abogados tienen una larga experiencia en procesos de divorcio y podrán guiarle y asesorarle en todas estas cuestiones, velando siempre por el interés de los hijos.
Si tiene dudas sobre la sentencia, sobre el régimen de visitas, si desea modificarlo por cualquier motivo… no dude en contactar con nuestro equipo de Zaragoza y le atenderemos encantados.